sábado, 25 de octubre de 2008

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA (1991)

La GAE, está soportada en la Constitución Política de Colombia de 1991 por lo siguientes artículos:

Artículo 79. Ambiente sano. “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines”.

Artículo 80. Control factores de deterioro. “El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.

Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas”.

Artículo 333. Límites libertad económica de 2007. “La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de la ley.

La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades.

La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial.

El Estado, por mandato de ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará y controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional.

La ley delimitará el alcance de la libertad económica cuando así lo exijan el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación”.

LEY 99 DE 1993

La Ley General del Medio Ambiente, presenta soporte para la GAE, en el Artículo 5. Numerales 10 y 14.

Numeral 10: “Determinar las normas ambientales mínimas y las regulaciones de carácter general sobre medio ambiente a las que deberán sujetarse los centros urbanos y asentamientos humanos y las actividades mineras, industriales, de transporte y en general todo servicio o actividad que pueda generar directa o indirectamente daños ambientales.”

Numeral 14: “Definir y regular los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambientales de las actividades económicas.”
Para mayor información, consultar el documento completo en el siguiente Link: Ley 99 de 1993

LEY 1124 DE 2007

La Ley 1124 de 2007 en su Artículo 8, resuelve: “Todas las empresas a nivel industrial deben tener un departamento de gestión ambiental dentro de su organización, para velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental de la República”.
Para mayor información, consultar el documento completo en el siguiente Link: Ley 1124 de 2007

DECRETO 1299 DE 2008

Por el cual se reglamenta el departamento de gestión ambiental de las empresas a nivel industrial.

El DGA se considera como un elemento del sistema Empresa que busca desde su competencia aportar al logro de los objetivos de la ORGANIZACIÓN. (Rentabilidad, Productividad y Sostenibilidad).

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente decreto se aplicará a todas las empresas a nivel industrial cuyas actividades, de acuerdo a la normatividad ambiental vigente, requieran de licencia ambiental, plan de manejo ambiental, permisos, concesiones y demás autorizaciones ambientales.

OBJETO DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL

El Departamento de Gestión Ambiental - DGA - de todas las empresas a nivel industrial tiene por objeto establecer e implementar acciones encaminadas a dirigir la gestión ambiental de las empresas a nivel industrial; velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental; prevenir, minimizar y controlar la generación de cargas contaminantes; promover prácticas de producción más limpia y el uso racional de los recursos naturales; aumentar la eficiencia energética y el uso de combustible más limpios; implementar opciones para la reducción de emisiones de gases de efectos invernadero; y proteger y conservar los ecosistemas.

CONFORMACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL

El Departamento de Gestión Ambiental de las empresas a nivel industrial podrá estar conformado por personal propio o externo. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo sexto del presente decreto, cada empresa determinará las funciones y responsabilidades de su Departamento de Gestión Ambiental, las cuales deberán ser divulgadas al interior de cada empresa.

FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL

Además de las funciones que se establezcan dentro de cada una de las empresas a nivel industrial, el Departamento de Gestión Ambiental, deberá como mínimo desempeñar las siguientes funciones:
  1. Velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente.
  2. Incorporar la dimensión ambiental en la toma de decisiones de las empresas.
  3. Brindar asesoría técnica - ambiental al interior de la empresa.
  4. Establecer e implementar acciones de prevención, mitigación, corrección y compensación de los impactos ambientales que generen.
  5. Planificar, establecer e implementar procesos y procedimientos, gestionar recursos que permitan desarrollar, controlar y realizar seguimiento a las acciones encaminadas a dirigir la gestión ambiental y la gestión de riesgo ambiental de las mismas.
  6. Promover el mejoramiento de la gestión y desempeño ambiental al interior de la empresa.
  7. Implementar mejores prácticas ambientales al interior de la empresa.
  8. Liderar la actividad de formación y capacitación a todos los niveles de la empresa en materia ambiental.
  9. Mantener actualizada la información ambiental de la empresa y generar informes periódicos.
  10. Preparar la información requerida por el Sistema de Información Ambiental que administra el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - IDEAM.
  11. Las demás que se desprendan de su naturaleza y se requieran para el cumplimiento de una gestión ambiental adecuada.

INFORMACIÓN SOBRE EL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL

El representante legal de la empresa a nivel industrial, deberá informar a las autoridades ambientales competentes sobre la conformación del Departamento de Gestión Ambiental, las funciones y responsabilidades asignadas.

IMPLEMENTACIÓN

Las grandes y medianas empresas a nivel industrial, tendrán un plazo máximo de seis (6) meses, y las pequeñas y microempresa un plazo de nueve (9) meses, contados a partir de la publicación del presente decreto, para conformar el Departamento de Gestión Ambiental.

El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente decreto dará lugar a las sanciones respectivas, según el caso.

Para mayor información, consultar el documento completo en el siguiente Link: Decreto 1299 de 2008

POLÍTICA NACIONAL DE PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA

En 1997, el Ministerio del Medio Ambiente de Colombia adoptó la Política Nacional de Producción más Limpia como una estrategia complementaria a la normatividad ambiental, para impulsar la nueva institucionalidad ambiental en el país. Desde entonces, diferentes iniciativas han sido desarrolladas por empresas, autoridades ambientales y universidades, entre ellas, los convenios de producción más limpias, programas demostrativos de asistencia técnica para la implementación de alternativas preventivas, centros de producción más limpia, guías ambientales, programas de autogestión ambiental.

Los resultados de estas iniciativas muestran la efectividad de la estrategia de Producción más Limpia para mejorar el desempeño ambiental de las empresas y mejorar la competitividad empresarial a través la reducción de costos. Hoy en día, la Producción más Limpia (PML) todavía es la estrategia emergente para afrentar los retos ambientales nacionales e internacionales en la industria. Los desarrollos relacionados con la globalización y la integración de la variable ambiental como un elemento central de la competitividad, hacen evidente la importancia del enfoque preventivo para asegurar un manejo responsable y competitivo de empresas ante los crecientes y variados requerimientos.

PROPUESTA DE POLÍTICA DE PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA

La política de producción más limpia es un desafío a largo plazo de prevención y minimización de los riesgos y daños ambientales ocasionados por los diferentes procesos productivos, donde es necesario el actuar coordinado y concertado de todos los niveles gubernamentales, los sectores productivos y los consumidores. Esta política se fundamenta en cuatro principios: Integralidad, Concertación, Internalización de costos y Gradualidad.

Buscando garantizar la aplicación de estos principios, que se verían traducidos en la implementación de sistemas y proceso productivos más limpios, se han establecido siete estrategias.

ESTRATEGIAS

A. Articulación con las Políticas Gubernamentales

De igual forma como son articulados los planes y programas desde el nivel central hasta el descentralizado, es necesario articular esta política con las demás que le sean complementarias, así como con la legislación ambiental existente, para así poder poner en claro los compromisos que deben asumir cada una de las partes involucradas. Esta articulación, y en armonía con otras estrategias de la política de producción más limpia, debe fortalecer de igual manera la articulación interinstitucional en todos los niveles de la administración pública y todos los sectores productivos, buscando que no solo exista articulación entre la política ambiental, sino también la política pública y la empresarial.

B. Fortalecimiento institucional para la implementación de la Política de Producción más Limpia

El fortalecimiento institucional, es una estrategia necesaria, debido principalmente a la baja capacidad de gestión de las entidades, tanto de control como las ejecutoras de los programas de producción más limpia, en este orden de ideas, es necesario establecer mecanismos de comunicación únicos mediante los cuales se pueda permanecer en contacto entre las partes, facilitando el ejercicio de control, de igual forma se deben establecer mecanismos y metodologías para evaluar el impacto ambiental, dependiendo del sector productivo, en lo cual se ha avanzado indiscutiblemente a través de las guías ambientales, de otra parte debe existir un mecanismo unificado que tenga un lenguaje propio para ejercer el control por parte de las CAR´s, pero esto solo es posible en la medida que existan recursos disponibles para ejercer el control y en el caso de los ejecutores de la política, para implementar las acciones que sean necesarias para modificar sus procesos productivos, de otra parte, pero no menos importante, es necesario fomentar la capacitación de personal de ambas partes pues esta es la base del fortalecimiento institucional.

C. Establecer un sistema de la calidad ambiental en Colombia

Uno de los principales obstáculos que ha tenido la implementación de procesos productivos más limpios en el país, es la inexistencia de un sistema de información que permita establecer y cuantificar el deterioro y daño ambiental provocado por determinado proceso productivo, de forma que se hace casi imposible establecer metas de calidad ambiental coherentes y posibles de alcanzar en el tiempo. Por esta razón es necesario implementar una red o sistema información de la calidad ambiental en el país, que sea alimentado con información recolectada a partir de auditorías internas y con información secundaria levantada por las autoridades ambientales locales y regionales, para poder así tener términos de referencia y criterios para poder evaluar el desempeño ambiental en las diferentes zonas del país, lo que a su vez permitiría establecer metas de desempeño y calidad por sectores productivos, facilitando el ejerció de coordinación y control al tiempo que se podrían dictar normas en cuanto a los parámetros que los sectores productivos deberán cumplir en un determinado tiempo.

D. Promoción de producción más limpia en los sectores productivos

La promoción de los proceso de producción más limpia, debe realizarse mediante estrategias que busque eliminar la resistencia al cambio, que muchas veces se genera por desinformación o desconocimiento de los beneficios que se pueden obtener implementando producción más limpia, en este orden de ideas, es deber de la academia en todos sus niveles, compartir experiencias exitosas con los diferentes empresarios del país, además de desde los entes gubernamentales centrales y regionales, divulgar las guías ambientales sectoriales, que contienen toda la información necesaria para impulsar de forma concertada, coordinada y organizada el cambio en los sistemas productivos, de otra parte hay casos en los que es necesario no solo sensibilizar ambientalmente a las personas, sino también mostrar proyectos piloto y demostrativos que se encarguen de mejorar la visión que algunos empresarios puedan tener acerca de la producción más limpia.

Lo anterior, podríamos decir que es la estrategia educativa para la promoción de la producción más limpia, pero no es suficiente con enseñar y acompañar, también es necesario diseñar programas de capacitación a empresarios de todos los tamaños y para el personal en diferentes áreas y técnicas de trabajo, para lo que se deben desarrollar estrategias y convenios entre las empresas y las universidades y el SENA, de igual manera en este mismo convenio se debe promover y fortalecer la investigación en tecnologías más limpias y producción más limpia, de otro lado es fundamental implementar sistemas de información donde se puedan consultar los últimos avances en cuanto a tecnología disponible en el país para aplicar en los procesos productivos, y por último, en una labor que debe ser también educativa, de divulgación y con la asesoría del gobierno local y las universidades, promover los mecanismos de financiación y cooperación internacional, que en muchos casos tienen créditos de carácter condonable si la tecnología o el proceso productivo tiene repercusiones sociales positivas directas.

E. Formulación e implementación de instrumentos económicos

En esta estrategia, es necesario recapitular los principios de estrategias anteriores, pues el hecho de que exista una normatividad sancionatoria en cuanto al daño ambiental, no quiere decir que esta se cumpla, así que también es necesario articular esta estrategia con los mecanismos unificados de control, de otro lado, es evidente que no es suficiente, ni lo mejor ambientalmente, el cobro por el daño ambiental, en su lugar se debe buscar la forma de que las empresas internalicen sus externalidades, de igual forma, y partiendo de que este es un ejercicio compartido, le corresponde al Estado, vía legislación, establecer incentivos tributarios y financieros para aquellas industrias que decidan acoger procesos productivos más limpios.

F. Promoción de las prácticas empresariales de autogestión y autorregulación

La autogestión y autorregulación son prácticas, que sin lugar a dudas dan cuenta de la responsabilidad y el interés empresarial por implementar procesos productivos que degraden en menor medida al ambiente, al tiempo que denotan la voluntad de implementar sistemas de gestión ambiental, para fortalecer y posicionar su empresa, además mediante los procesos de autogestión es más fácil para la empresa verificar y reevaluar sus metas en cuanto a la calidad ambiental de su proceso productivo, haciendo del proceso de implementación de la política, algo mas coordinado con los entes de control.

G. Seguimiento a la Política de Producción más Limpia

El esquema de coordinación de la política de producción más limpia está integrado por tres niveles, el nivel de gestión interministerial, el nivel de gestión al interior del SINA y el nivel de gestión sectorial, siempre y cuando la articulación entre estos tres niveles este mediada por adecuados mecanismos de comunicación y sustentado en metodologías preestablecidas, es muy probable que funcione en la práctica, sumado a l actuar local de las CAR´s que debe ser constante y sin intereses políticos de ninguna índole.
Para mayor información, consultar el documento completo en el siguiente LInk: Política Nacional de Producción Más Limpia